Cómo facturar correctamente a clientes extranjeros

Autónomos
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La internacionalización ya no es solo una opción para las grandes empresas. Cada vez más autónomos y pequeños negocios prestan servicios o venden productos a clientes situados fuera de España, ya sea dentro de la Unión Europea o en terceros países. Sin embargo, facturar al extranjero sigue generando dudas, especialmente en materia de impuestos, requisitos formales y obligaciones fiscales.

El primer aspecto clave es identificar dónde está establecido el cliente y si actúa como empresa o como particular. Esta distinción condiciona el tratamiento del IVA. En operaciones con clientes extranjeros que son empresas o profesionales, lo habitual es que el IVA no se repercuta en la factura cuando el servicio se considera localizado en el país del cliente. En estos casos, la factura debe emitirse sin IVA e incluir una referencia al mecanismo de inversión del sujeto pasivo, indicando que el impuesto lo declara el destinatario.

Si el cliente está en otro país de la Unión Europea y es una empresa, es imprescindible comprobar que dispone de un número de IVA intracomunitario válido. Este dato debe figurar en la factura junto con el del autónomo o empresa española. Además, estas operaciones deben declararse posteriormente en los modelos informativos correspondientes, como el resumen de operaciones intracomunitarias, para evitar discrepancias con la Agencia Tributaria.

Cuando el cliente extranjero es un particular, la situación cambia. En muchos servicios digitales o ventas online pueden aplicarse reglas especiales que obligan a repercutir el IVA del país del consumidor final. En estos casos, existen sistemas simplificados que permiten declarar el impuesto sin tener que registrarse fiscalmente en cada país, algo especialmente relevante para pequeños negocios que venden a varios mercados europeos.

En el caso de clientes situados fuera de la Unión Europea, la mayoría de los servicios profesionales se facturan sin IVA, al considerarse exportaciones de servicios. Aun así, la factura debe cumplir todos los requisitos formales habituales: numeración correlativa, fecha, datos completos del emisor y del receptor, descripción clara del servicio o producto y el importe total. Conviene añadir una mención que indique que la operación está no sujeta o exenta de IVA según la normativa aplicable.

Otro punto que no debe pasarse por alto es la moneda. Aunque se facture en dólares, libras u otra divisa, a efectos fiscales es recomendable llevar un control del importe en euros, aplicando el tipo de cambio oficial del día de la operación. Esto facilita la correcta declaración de ingresos y evita problemas en una posible revisión.

Facturar a clientes extranjeros abre la puerta a nuevas oportunidades de negocio, pero también exige rigor administrativo. Un error en el IVA, en los datos del cliente o en las declaraciones informativas puede derivar en sanciones o requerimientos. Por ello, muchos autónomos optan por apoyarse en asesoría especializada o herramientas de facturación adaptadas a operaciones internacionales, asegurándose así de cumplir la normativa mientras hacen crecer su actividad más allá de las fronteras.

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