El Modelo 347 vuelve a situarse en el foco de autónomos y empresas españolas como una de las declaraciones informativas más vigiladas por la Agencia Tributaria. Aunque no implica el pago directo de impuestos, su correcta presentación se ha convertido en un elemento clave para evitar sanciones y problemas fiscales, especialmente en un contexto en el que Hacienda intensifica el cruce de datos entre contribuyentes.
Este modelo sirve para informar a la Administración de todas aquellas operaciones realizadas con clientes o proveedores que, de forma acumulada durante el año natural, superen los 3.005,06 euros, IVA incluido. El objetivo es sencillo: que Hacienda pueda comprobar que lo que declara una parte coincide con lo que declara la otra. Cuando no encaja, saltan las alertas.
En la práctica, el Modelo 347 afecta tanto a autónomos como a pequeñas, medianas y grandes empresas. Cualquier profesional que facture de forma habitual debe revisar sus cifras anuales con cada tercero. Por ejemplo, un diseñador gráfico autónomo que durante el año ha trabajado con varios clientes puede encontrarse con que solo dos de ellos superan el límite exigido. Si a una empresa le ha facturado 4.500 euros y a otra 6.200 euros, ambas deberán aparecer reflejadas en el modelo, mientras que un cliente con el que solo ha facturado 2.500 euros quedaría fuera de la declaración.
En el ámbito empresarial ocurre algo similar. Una pyme que trabaja de forma recurrente con un proveedor de servicios informáticos y le ha pagado 3.800 euros en todo el año está obligada a incluir esa relación comercial en el Modelo 347. Lo mismo sucede con proveedores de suministros, alquileres o servicios profesionales cuando se supera el umbral anual con una misma entidad.
Uno de los errores más habituales es pensar que solo cuentan las facturas finales. Sin embargo, los anticipos también se tienen en cuenta. Si un cliente adelanta pagos que, sumados, superan el límite anual, esa operación debe declararse aunque posteriormente se regularice o se ajuste la factura. Asimismo, las devoluciones y rectificaciones pueden modificar el importe total. Si una operación se anula completamente dentro del mismo ejercicio y el importe final queda por debajo del límite, no habría obligación de incluirla, pero si el ajuste se produce en otro año distinto, el impacto puede cambiar.
La presentación del Modelo 347 suele realizarse durante el mes de febrero del año siguiente al ejercicio declarado. No cumplir con el plazo o hacerlo con datos incorrectos puede derivar en sanciones económicas que van desde importes moderados hasta cifras elevadas si se considera que hay reiteración o falta de diligencia. Por este motivo, cada vez más asesores recomiendan preparar esta declaración con antelación y contrastar los datos con clientes y proveedores antes de enviarla.
En un entorno digitalizado, muchas empresas y autónomos ya utilizan programas de contabilidad que permiten identificar automáticamente qué operaciones superan el límite anual. Aun así, la revisión manual sigue siendo clave para evitar errores, especialmente en negocios con un alto volumen de facturación o múltiples relaciones comerciales.
El Modelo 347 no es solo un trámite más, sino una herramienta de control que Hacienda utiliza para garantizar la coherencia del sistema tributario. Entender cómo funciona y revisar casos reales permite a autónomos y empresas cumplir con esta obligación con mayor seguridad, evitar sanciones y mantener la tranquilidad fiscal en un contexto económico cada vez más exigente.