Fraude al subsidio por desempleo: un trabajador debe devolver más de 8.000 euros tras darse de alta en una empresa sin actividad

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Una investigación exhaustiva de la Inspección de Trabajo ha destapado un fraude al cobro del subsidio por desempleo cometido por un trabajador que se registró en una empresa sin actividad real. Gracias a esta indagación, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) anuló las prestaciones de forma retroactiva, reclamando al implicado la devolución íntegra de más de 8.000 euros recibidos indebidamente.

El caso ejemplifica la estricta persecución legal hacia quienes crean negocios ficticios con la única finalidad de aprovecharse del sistema público de ayudas para desempleados. Según documentos judiciales, el entramado fraudulento funcionaba como una fachada sin actividad operativa, usada exclusivamente para simular relaciones laborales y obtener prestaciones irregulares, partidas económicas que ahora deben ser recuperadas en su totalidad por la administración.

Empresa fantasma y gestión desde bares

El fraude se remonta al año 2010, cuando el trabajador se dio de alta en una sociedad mercantil creada solo para cubrir los 181 días de cotización necesarios para acceder al subsidio por desempleo. La Inspección de Trabajo confirmó que esta empresa era una entidad ficticia, sin actividad real, creada únicamente para legitimar un falso historial laboral y permitir el acceso al subsidio.

En la documentación oficial, la sociedad no pudo ser localizada en ninguno de los domicilios declarados. Además, no había reflejo alguno de su actividad en la Agencia Tributaria puesto que no emitió facturas ni ingresó cuotas a la Seguridad Social asociadas a empleados o actividad.

En las pesquisas tampoco fue posible identificar a los responsables del entramado. Ni el administrador ni los representantes legales pudieron ser localizados, y los supuestos empleados vinculados a esta mercantil ofrecieron testimonios imprecisos, sin poder aportar datos sobre la ubicación física de la empresa o la identidad de sus compañeros. De hecho, algunos declararon que las operaciones se gestionaban directamente desde bares, sin un lugar fijo ni actividad económica comprobable.

Intervención del SEPE y respaldo judicial

Con base en el falso historial laboral, el SEPE reconoció inicialmente al trabajador una prestación de 180 días, que luego se amplió a un subsidio con 630 días de derecho, extendiéndose mediante prórrogas continuas entre 2010 y 2012. Estas ayudas formaron un único subsidio prolongado, no prestaciones independientes.

Al evidenciar la simulación empresarial, el SEPE calificó la conducta como una infracción muy grave. Procedió a extinguir el subsidio y aplicó la penalización con efectos retroactivos desde agosto de 2010, obligando al trabajador a reintegrar un total de 8.037,20 euros por cobros indebidos.

El afectado presentó un recurso contra esta resolución administrativa, pero la sentencia 1844/2018 del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana confirmó plenamente la actuación del SEPE. Los magistrados establecieron que al tratarse de un fraude originado en la creación de un alta ficticia, la devolución debe ser íntegra y consolidaron así un criterio firme para combatir el uso fraudulento de altas de conveniencia que desvía recursos públicos.

Este caso sienta un precedente ejemplar que envía un mensaje claro: cualquier intento de defraudar el sistema de subsidios mediante empresas sin actividad será perseguido y sancionado con la restitución total de las ayudas percibidas.

Imágenes: Magnific (pressfoto)

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