Una mujer de 57 años consigue pensión vitalicia de 600€ y 80.000 euros tras 32 años dedicada al hogar: la Audiencia de Pontevedra sienta precedente

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En un caso que ha generado gran atención en Galicia y que podría marcar un antes y un después en el ámbito jurídico y social, la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha dictado una sentencia histórica. Una mujer de 57 años, tras 32 años dedicada por completo al hogar y la familia, ha conseguido el derecho a recibir una pensión compensatoria de 600 euros mensuales de forma vitalicia tras divorciarse de su marido, de 82 años, y además una indemnización única de 80.000 euros por el trabajo no remunerado que desempeñó en el hogar familiar.

El proceso judicial comenzó tras la ruptura matrimonial y puso en la mesa el debate sobre el reconocimiento legal del trabajo del hogar, tradicionalmente invisible y sin valoración económica. Durante esos 32 años, ella dejó de lado cualquier oportunidad laboral para cuidar de la casa, criar a sus hijos, y cuidar incluso a dos nietos durante una década, mientras su entonces esposo acumulaba un patrimonio considerable gracias a su actividad económica. Esta desigualdad económica fue clave en la decisión del tribunal.

El exmarido trató de impugnar la pensión argumentando que a los 57 años ella todavía podía acceder al mercado de trabajo. Sin embargo, la Audiencia razonó que, con la edad de la mujer y sin experiencia profesional fuera del hogar, sus opciones reales se limitaban a empleos precarios, especialmente en sectores como la hostelería. Así, los magistrados reafirmaron que el Derecho de Familia debe basarse en la realidad social y económica actual, y no en una visión optimista e irreal sobre la reincorporación laboral de personas mayores de 50 años.

Para fijar la indemnización de 80.000 euros, la justicia se amparó en el artículo 1438 del Código Civil, que contempla la compensación por el trabajo realizado en el hogar cuando existe separación de bienes. El marido intentó minimizar esta cantidad alegando que contrataban ocasionalmente empleadas domésticas y que tenían hijos en común. Pero no consiguió demostrar que la ayuda externa fuera continua durante los 30 años de convivencia, requisito imprescindible para eximirle de esta responsabilidad económica. El tribunal dejó claro que, mientras la esposa haya sido la principal responsable del cuidado y las tareas domésticas, el derecho a una indemnización por esos servicios permanece vigente.

Un momento clave del juicio fue una declaración del propio exmarido, donde afirmó orgulloso que su esposa «no necesitaba trabajar fuera porque estando con él no le hacía falta nada». Los jueces interpretaron esta afirmación como un reconocimiento de que la mujer fue empujada a renunciar a su desarrollo profesional para quedarse en casa, afianzando el desequilibrio de poder dentro del matrimonio.

Finalmente, aunque en primera instancia la indemnización fijada había sido mucho mayor, en torno a 192.000 euros, la Audiencia decidió reducir esta cifra a 80.000 euros. Esta rebaja responde a un equilibrio jurídico para evitar una doble compensación: al ser la pensión mensual vitalicia ya una garantía económica a largo plazo, mantener la cantidad original supondría una carga excesiva para el exmarido. Este ajuste refleja la importancia de equilibrar las responsabilidades económicas en casos de divorcio con dedicación exclusiva al hogar.

Este fallo abre la puerta a que más mujeres, especialmente aquellas que dedicaron largos años al cuidado familiar en detrimento de su desarrollo profesional, puedan reclamar compensaciones que reconozcan económicamente su labor invisible. Un giro que recalca que el trabajo doméstico, aunque no remunerado, es crucial y merece reconocimiento legal y económico real.

En definitiva, esta sentencia marca una jurisprudencia importante en la protección económica de mujeres en situaciones similares, reconociendo que dejar la vida laboral para dedicarse a la familia no debe suponer perder el derecho a una compensación justa en casos de divorcio.

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