El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha emitido una sentencia que pone en evidencia cómo la interpretación de una baja médica por ansiedad y la realización de un viaje al extranjero pueden generar controversias entre empresas y empleados, respaldando la protección del trabajador frente a despidos considerados improcedentes cuando existe consentimiento médico.
El caso se inició cuando un representante comercial de una empresa solicitó oficialmente sus vacaciones para un viaje de ocio a Egipto, programado del 2 al 13 de noviembre. Sin embargo, la dirección denegó la petición aduciendo importantes necesidades de servicio. Dado este rechazo, el empleado optó por solicitar una baja médica por un trastorno adaptativo mixto con síntomas ansiosos, y pese a ello, decidió no cancelar sus billetes y realizar el viaje.
El respaldo del informe médico y permiso oficial
Lo llamativo del asunto es que el trabajador contaba con un informe médico de su doctora de cabecera, donde se especificaba que el desplazamiento y la actividad turística no perjudicaban su proceso de recuperación, sino que formaban parte de una estrategia terapéutica de desconexión psicológica recomendada para mejorar su salud mental. Esto desmonta la interpretación de un posible fraude o simulación de enfermedad por parte del empleado.
Además, antes de emprender el viaje, el trabajador solicitó autorización formal ante la Inspección Médica de Santander para salir de su provincia mientras se encontraba de baja, y esta instancia le concedió el permiso sin suspender la percepción de la prestación económica por incapacidad temporal. Este aspecto fue decisivo para desacreditar la tesis empresarial que sostenía que el trabajador había incumplido de forma fraudulenta sus obligaciones.
Despido por supuesta falta de buena fe
A su regreso de Egipto, la empresa procedió a despedir disciplinariamente al comercial alegando una «transgresión grave y culpable» del contrato laboral, asumiendo que el viaje descartaba la existencia real de su enfermedad y justificación de la baja. Sin embargo, el tribunal recordó que la valoración médica sobre el estado de salud corresponde exclusivamente a los especialistas sanitarios y no a la empresa, que carece de competencias técnicas para enmendar diagnósticos oficiales.
Este fallo judicial reafirma que la mera sospecha o desconfianza empresarial no puede ser motivo suficiente para aplicar sanciones tan severas como el despido, especialmente cuando hay documentación que respalda la conducta del trabajador.
Jurisprudencia y límites en los permisos durante una baja
La sentencia pone de manifiesto que la jurisprudencia española distingue claramente el tipo de patología que motiva la baja para determinar qué actividades están permitidas durante la misma. En casos de lesiones físicas graves o requerimiento de reposo estricto, un viaje largo podría considerarse fraude laboral, pero en afecciones psicológicas la movilidad y la desconexión pueden ser beneficiosas y no deben penalizarse.
Este caso contrasta con otros recientes en los que trabajadores de baja por ansiedad han sido despedidos por realizar actividades manifiestamente incompatibles con sus dolencias, como prácticas deportivas extremas o senderismo intenso, demostrando que no toda actividad en baja está permitida y que la clave está en la proporcionalidad y el contexto médico.
Consecuencias para empresas y trabajadores
El fallo supone un importante aviso para las compañías, que deberán contar con informes médicos sólidos antes de proceder a despidos disciplinarios relacionados con ausencias justificadas por enfermedad. Activar procesos sin pruebas contundentes puede traducirse en elevados costes por indemnizaciones judiciales, además del desgaste reputacional.
Por último, esta sentencia recalca que, en la actualidad, el criterio exclusivo para valorar la legitimidad de actividades durante la baja médica corresponde a los médicos del sistema público de salud, y que el ocio supervisado puede ser compatible con la recuperación de un empleado, constituyendo una herramienta más en la lucha por la salud mental dentro del entorno laboral.
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