Durante la última semana, en la 79ª Asamblea Mundial de la Salud (AMS) celebrada en Ginebra, los gobiernos han seguido debatiendo uno de los aspectos más relevantes, aunque todavía poco comprendidos, del Acuerdo sobre pandemias de la Organización Mundial de la Salud (OMS) aprobado en mayo de 2025: el Sistema de Acceso y Reparto de Beneficios para Patógenos Emergentes (PABS, por sus siglas en inglés). Después de un año de negociaciones, el 23 de mayo de 2026 la AMS adoptó una resolución que confirma que las conversaciones sobre el PABS continuarán hasta, al menos, diciembre de 2026, cuando se celebre una Asamblea Mundial especial, e incluso podrían extenderse por más tiempo.
Aunque el borrador del anexo del PABS aún no está finalizado, es indudable que, una vez acordado, este sistema modificará profundamente la forma en que las empresas del sector de las ciencias de la vida acceden a materiales y datos de patógenos, con un impacto significativo en la investigación y desarrollo (I+D) comercial antes y durante emergencias de salud pública de importancia internacional, incluyendo pandemias.
Estas implicaciones no son meramente teóricas. Si bien la pandemia de COVID-19 ya es historia, recientes brotes como el hantavirus de los Andes en un crucero han provocado respuestas internacionales de salud pública. Más recientemente, el 17 de mayo de 2026, la OMS declaró que el brote de ébola Bundibugyo en la República Democrática del Congo y Uganda supone una emergencia de salud pública internacional de preocupación (PHEIC). Este concepto, incluido en la actualización del Reglamento Sanitario Internacional (RSI), indica una situación grave que, aunque no alcance el nivel de pandemia, requiere una respuesta coordinada global. Desde la pandemia de COVID-19, tales declaraciones activan automáticamente obligaciones para las empresas según el borrador del PABS.
Principios clave y obligaciones para las empresas
El Acuerdo sobre pandemias ya instauró, en su artículo 12, la base del sistema PABS, vinculando dos elementos esenciales: la rápida distribución de materiales y datos de patógenos a través de laboratorios y bases de datos coordinadas por la OMS; y, a cambio, la obligación de que las empresas donen productos desarrollados con esos materiales y compartan beneficios económicos para apoyar la preparación y respuesta global.
En la práctica, para que las compañías farmacéuticas, biotecnológicas y de diagnóstico puedan acceder a muestras o secuencias de patógenos, deberán suscribir contratos vinculantes con la OMS que incluyan cesiones gratuitas de productos y pagos económicos, además de otras formas de reciprocidad.
Los compromisos más destacados que se prevén para las empresas son:
- Asignación de productos: durante emergencias pandémicas, se exigirá destinar hasta un 20 % de la producción real inmediata de vacunas, terapias y diagnósticos a la OMS, al menos un 10 % como donaciones y el resto a precios «asequibles», todavía por definir. En situaciones de emergencia sanitaria internacional, se requerirá asegurar acceso prioritario a precios también accesibles según las necesidades evaluadas por la OMS. Persisten dudas sobre cuándo se activan estas obligaciones y qué criterios se aplican, tanto para firmar contratos como para definir precios.
- Aportaciones financieras continuas: se plantean pagos anuales y posiblemente otros ligados a hitos o ingresos, que podrían oscilar entre el 1 y el 1,5 % según el uso de materiales PABS y la capacidad de la empresa. Estas cargas no solo aplicarán en crisis, sino de forma sostenida.
- Transferencia tecnológica y licencias: las compañías deberán escoger al menos una modalidad de beneficio no monetario, que puede incluir construcción de capacidades, cooperación en I+D y concesión de licencias no exclusivas o transferencia tecnológica a fabricantes en países en desarrollo.
Alcance y cobertura del sistema PABS
El PABS almacenará y regulará tanto muestras físicas como secuencia genómica de patógenos con potencial pandémico, es decir, agentes capaces de transmisiones sostenidas y de causar emergencias sanitarias globales. Sin embargo, la definición exacta sigue siendo objeto de debate. Un borrador de enero de 2026 incluía enfermedades como Lassa, cólera, salmonela, enfermedades respiratorias similares al SARS, ébola (Zaire y Sudán, aunque no Bundibugyo), Marburgo, fiebre amarilla, dengue, polio, sida, chikunguña, zika, entre otros, sin que exista aún una lista oficial y consensuada.
Mecanismos de cumplimiento y acceso condicional
El sistema no impondrá obligaciones legales internacionales directas, sino que se basará en contratos voluntarios entre empresas y la OMS. No obstante, el acceso a materiales y secuencias para la investigación dependerá de la firma de estos acuerdos, con una posible política de «sin contrato, sin acceso» promovida por países del Sur Global. Bajo esta modalidad, los laboratorios y bases de datos gestionados por la OMS solo distribuirán materiales a entidades que se hayan comprometido legalmente con los términos PABS.
Para gestionar el acceso a muestras físicas, la OMS creó ya en 2021 el «BioHub», un laboratorio de bioseguridad nivel 4 en Suiza donde los países depositan sus patógenos, sujetos a acuerdos específicos de transferencia material que regulan también el uso comercial. En cuanto a los datos genómicos, los debates apuntan a bases de datos que impondrán términos restringidos para los usuarios que descarguen secuencias, práctica que ya se observa en plataformas abiertas como Pathoplexus, usada actualmente para la secuencia del ébola Bundibugyo.
Recomendaciones para las empresas
Aunque el texto final del anexo PABS todavía está en elaboración, las compañías deben comenzar sus preparativos mediante:
- Mapear la exposición de su I+D dependiente de materiales o datos de patógenos, identificando qué programas pueden verse afectados y evaluando el riesgo para su negocio.
- Revisar sus vías de acceso a muestras y datos, valorando si existen alternativas fuera del sistema PABS y planificando la estrategia si emerge un modelo de acceso condicionado.
- Simular escenarios potenciales de asignación de producción, evaluando el impacto en fabricación, cadenas de suministro y cumplimiento de compromisos, incluyendo posibles licencias y transferencias tecnológicas.
- Participar activamente en el proceso de negociación de políticas, aportando opiniones sobre temas clave como la lista de patógenos, porcentajes de contribución financiera y flexibilidad en obligaciones.
Si bien el PABS está concebido como un mecanismo para fomentar la equidad durante las crisis sanitarias, también implica riesgos legales, económicos y comerciales considerables para las carteras de I+D en enfermedades infecciosas. Ignorar el sistema hasta etapas avanzadas de cumplimiento puede dejar a las compañías desprevenidas ante sus obligaciones y limitaciones.
Un compromiso temprano y continuo permitirá no solo gestionar mejor estos riesgos, sino también influir en cómo funcionará finalmente el sistema en la práctica.