Abel Marín, abogado experto en herencias, advierte sobre los riesgos de usar testamentos estándar

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El abogado especializado en herencias Abel Marín destaca que uno de los errores más comunes al redactar un testamento es acudir a la notaría y simplemente rellenar una plantilla estándar. Este trámite burocrático, aunque formalmente válido, no garantiza un reparto armonioso y explícito del patrimonio tras el fallecimiento del testador, especialmente cuando no se contemplan las circunstancias específicas de las familias y los bienes a distribuir.

Marín señala que limitarse a aplicar porcentajes generales sobre el conjunto de la masa hereditaria —que comprende todos los bienes, derechos y deudas del fallecido— puede dar pie a malentendidos y desacuerdos entre los herederos. En este sentido, insiste en la importancia de establecer disposiciones claras y específicas, detallando, por ejemplo, qué persona recibirá un inmueble concreto o una cantidad determinada de dinero, para evitar interpretaciones conflictivas posteriores.

Este enfoque resulta fundamental cuando se consideran las complejas relaciones familiares y la variedad de bienes involucrados en las sucesiones. Además, el experto recuerda que la ley contempla que si un heredero no abona el impuesto de sucesiones, dicha carga recae finalmente sobre la entidad financiera que gestione la herencia, lo que añade un motivo más para planificar cuidadosamente.

Consecuencias legales y familiares de una mala planificación

Más allá de las implicaciones tributarias, Abel Marín y otros expertos alertan sobre problemas legales que pueden surgir por una planificación testamentaria incompleta o equivocada. La abogada Blanca Palmero advierte sobre la preterición, que se refiere a la exclusión no intencionada de uno o varios herederos forzosos en el testamento. En estos casos, cuando un heredero desconoce la existencia de otros con derechos legales, el testamento puede ser declarado nulo en lo relativo a esa exclusión, y la sucesión se regirá como si no se hubiera otorgado documento alguno.

Esto puede suponer grandes dificultades y trastocar la voluntad del testador, evidenciando que los testamentos creados a partir de modelos cerrados se arriesgan a ignorar situaciones vitales de la familia.

Por ejemplo, el hecho de que uno de los hijos haya vivido en una vivienda familiar puede interpretarse erróneamente por los demás hermanos como una adjudicación anticipada del bien, cuando en realidad no tiene por qué ser así. La abogada Laura Lobo subraya que la legislación civil reserva de forma obligatoria dos tercios del patrimonio a los herederos forzosos: la legítima estricta y el tercio de mejora. Sólo el tercio restante puede disponerse libremente en el testamento para adaptarlo a los deseos personales del testador o a circunstancias familiares particulares.

Implicaciones fiscales y sociales

Es importante entender que recibir una herencia, sea una vivienda o un fondo de inversión, no genera por sí mismo una ganancia patrimonial a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que estos activos están sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. No obstante, la venta posterior de dichos bienes sí puede tener consecuencias fiscales para el heredero en el IRPF, dependiendo del valor de adquisición y de transmisión.

Asimismo, el número de renuncias a herencias ha superado los 54.000 casos anuales según datos del Consejo General del Notariado. Este fenómeno evidencia la complejidad que a menudo implica aceptar una herencia, especialmente cuando incluye deudas o bienes difíciles de gestionar. Por eso, el asesoramiento legal y una planificación precisa son clave para evitar problemas y asegurar un reparto equitativo y sin conflictos.

En definitiva, los especialistas recomiendan dejar atrás los modelos genéricos y optar por testamentos personalizados que reflejen la realidad patrimonial y las circunstancias familiares de cada persona. Esto evita conflictos innecesarios y otorga mayor seguridad jurídica a los herederos, facilitando una sucesión ordenada y conforme a la voluntad del difunto.

Imagen: Kindel Media vía Pexels

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