Con la llegada del verano, cerca de diez millones de pensionistas en España esperan la paga extra que usualmente reciben, un complemento económico que este año traerá una revalorización del 2,7% según el Real Decreto 39/2026. El abono se realizará entre el 1 y el 3 de julio, aunque diversas entidades financieras suelen anticipar el pago en ciertos días de junio.
Calendario previsto para el pago de la paga extra de verano
La Tesorería General de la Seguridad Social tiene planificado realizar el pago oficial entre el 1 y el 3 de julio de 2026. Sin embargo, bancos como Bankinter, Unicaja y Caja de Ingenieros suelen adelantar este pago para sus clientes desde el 22 de junio.
CaixaBank tradicionalmente realiza este ingreso el día 24, por lo que probablemente cumplirá la misma fecha este año. Por su parte, la mayoría de entidades —incluyendo BBVA, Banco Santander, Banco Sabadell, Ibercaja, ING, Kutxabank, Cajamar y Abanca— suelen efectuar el pago alrededor del 25 de junio.
Si un pensionista no recibe el abono para el 3 de julio, se recomienda contactar con la entidad bancaria correspondiente y, si el problema persiste, comunicar la incidencia a la Seguridad Social a través de la plataforma Import@ss o solicitando cita previa en un centro de atención.
¿Cuánto dinero recibirán los pensionistas?
La paga extraordinaria corresponde, en la mayoría de los casos, a una mensualidad ordinaria de la pensión. La legislación vigente establece un sistema de 14 pagas al año para las prestaciones contributivas: 12 pagas mensuales y dos extraordinarias —una en verano y otra en Navidad.
Por ejemplo, un pensionista que perciba 1.500 euros al mes recibirá en julio una cantidad similar como paga extra, que este año se incrementará un 2,7% gracias a la actualización normativa.
Casos en los que la paga extra se reduce o no se recibe íntegra
Quienes comenzaron a cobrar la pensión durante el periodo devengado desde el 1 de diciembre hasta el 31 de mayo recibirán únicamente la parte proporcional correspondiente a esos meses. Por ejemplo, una persona jubilada a finales de mayo que cobre 1.600 euros mensuales percibirá aproximadamente 800 euros como paga extraordinaria.
Los pensionistas que accedan a la prestación después del 31 de mayo deberán esperar a la paga extra del próximo año para recibir el abono.
Excepciones: pensiones sin paga extraordinaria independiente
Las pensiones derivadas de incapacidad permanente debido a accidente laboral o enfermedad profesional no tienen pagas extraordinarias separadas porque estas cantidades ya están prorrateadas en las 12 mensualidades anuales. Así, los beneficiarios reciben una cuantía mensual algo superior que incluye la parte correspondiente de las pagas extras.
Recomendaciones financieras de un economista frente al pago extra
Coincidiendo con el cobro de la paga extra, el economista Gonzalo Bernardos ha advertido sobre los errores habituales en la gestión del dinero por parte de muchas familias durante el verano. Bernardos critica la tendencia a destinar íntegramente esta cantidad para vacaciones o a recurrir a tipos de endeudamiento poco aconsejables.
En sus declaraciones, recalca la importancia de no endeudarse para gastos improductivos y mantener siempre un colchón financiero que permita hacer frente a imprevistos. También advierte sobre el mal uso de las tarjetas de crédito, especialmente cuando se recurren a modalidades de pago aplazado con intereses elevados.
Las pensiones públicas: una inversión sólida y no una estafa piramidal
A través de sus redes sociales, Gonzalo Bernardos desmintió la idea de que las pensiones públicas sean una estafa piramidal. Aseguró que, por el contrario, constituyen una gran inversión para los trabajadores y pensionistas.
Apoyando su argumentación en datos del Banco de España, explicó que las cotizaciones realizadas durante la vida laboral ofrecen una rentabilidad aproximada del 74%. Además, resaltó que el período medio durante el cual se percibe la pensión hace que la recuperación de lo aportado sea mucho mayor que la inversión inicial.
De este modo, Bernardos pone en valor el sistema público de pensiones como una garantía estable y rentable frente a otros instrumentos de inversión.